Si bien es positivo que existan espacios para la concertación y trámite de las diferencias entre el Estado y los trabajadores oficiales (el bello deber ser del Estado Social de Derecho), eso no puede ser un mecanismo para regular e incluso prohibir la movilización y protesta de los trabajadores como al parecerlo pretende el gobierno.
La protesta y la movilización
social son derechos de los trabajadores y de la población en general, que no
puede el ejecutivo nacional limitar por medio de decretos, pasando por encima
de la constitución y los convenios internacionales.
Los trabajadores, a la hora de
negociar con el Estado se encuentran, de entrada, en una situación desventajosa,
la cual, si se le sumara la imposibilidad de movilizarse y protestar, los dejaría
como borregos enfrentados a lobos.
Hay que recordar que durante varios
años, los trabajadores estatales, tuvieron prohibido la negociación colectiva,
misma que se recupero gracias a la ratificación por Colombia de convenios con
la OIT referentes a este tema particular. Ahora que nuevamente se cuenta con el
mecanismo de la negociación colectiva y en consecuencia con el legitimo derecho
de huelga, el ejecutivo parece pretender cortar de raíz cualquier posibilidad
de llevar las reivindicaciones de los trabajadores mas allá de la retorica y
los discursos consensualitas.
Solo para ejemplificar la inoperante
y poco productivo que ha sido ese tipo de espacios de concertación para los
trabajadores vale la pena recordar que el salario mínimo se impone año tras año
por decreto pues nunca hay acuerdo en la comisión de concertación salarial, elrutinario incumplimiento de los diferentes gobiernos a acuerdos realizados con
sectores como los indígenas, campesinos, camioneros, o lo sucedido con acuerdos
firmados en el marco de la comisión tripartita desde el año pasado y que en muy
poco han impactado en la mejora de las condiciones de prestación del servicio
de salud para los docentes del país y menos aun se ha avanzado en puntos neurálgicos
como el Estatuto Único ó las reivindicaciones puntuales de los docentes 1278,
pues del acuerdo al real cumplimiento del mismo por el gobierno hay mucho
trecho.
Finalmente
vale preguntarse ¿toda protesta es de carácter laboral y puede ser tramitada en esas idealizadas comisiones? La respuesta
es claramente no, ni siquiera los asuntos laborales cuentan con garantía de ser tramitados de forma digna para el trabajador, pero ademas existe la protesta con fundamentos políticos que reivindican
derechos que van mas allá de lo meramente laboral y esas movilizaciones y
protestas también son un derecho de todos los ciudadanos.
Por esto, soy de la opinión de que si bien es positivo que existan espacios donde se pueda dialogar directamente entre el gobierno y las organizaciones obreras, no puede ser a costa de entregar el legítimo derecho a la protesta y la movilización; que existan todas las comisiones que quieran, pero que no por ello se limite el derecho a la protesta y la movilización de los trabajadores.
Por esto, soy de la opinión de que si bien es positivo que existan espacios donde se pueda dialogar directamente entre el gobierno y las organizaciones obreras, no puede ser a costa de entregar el legítimo derecho a la protesta y la movilización; que existan todas las comisiones que quieran, pero que no por ello se limite el derecho a la protesta y la movilización de los trabajadores.
No hay comentarios:
Publicar un comentario